Teniendo en cuenta que como independiente se encuentra en la obligatoriedad de aportar al menos sobre el 40% del total de sus ingresos mensuales, los porcentajes por salud, pensión y riesgos laborales (si cuenta con un contrato de prestación de servicios) son:
Salud: 12.5% – Pensión: 16% y 1% hasta 2% al FSP si el IBC es mayor a 4 SMMLV – ARL: Dependiendo del nivel de riesgo en el que se encuentre puede oscilar entre el 0.522% al 6.960%