Para poder realizar el traslado de Régimen [Fondo Privado – Colpensiones], debe tener en cuenta que lo podrá hacer siempre y cuando le faltaren más de diez (10) años cumplir la edad legal de pensión, esto es con anterioridad a cumplir los 47 años las mujeres, y 52 años para los hombres. Adicionalmente haber estado en el Régimen por lo menos 5 años.
Así que, si cumple con los requisitos señalados anteriormente, para que sea procedente el traslado debe solicitar tanto al fondo de pensiones al que se encuentra afiliado como a Colpensiones, la doble asesoría, y una vez cuente con esta, podrá iniciar el trámite de traslado a Colpensiones o al Fondo Privado.
Excepcionalmente no debe cumplir los anteriores requisitos, si un Juez de la República lo ordena, como consecuencia de haber demandado la nulidad de afiliación y el fallo quedó en firme.
Tampoco, si es candidato a una pensión familiar.