Una vez cumpla la edad de pensión de vejez, Colpensiones le debe dejar como vitalicia dicha pensión (No le sigue revisando el estado de invalidez cada 3 años) y verifica si el valor de la mesada por vejez es mayor, para dejarle la más favorable. Generalmente, la de invalidez es mayor.
En un Fondo privado la pensión ya se consolidó, ya que la aseguradora le completó el capital para haberle otorgado la pensión en los términos de ley y no en función exclusiva de sus ahorros. La modalidad de pensión de retiro programado se revisa cada año y puede aumentar o disminuir en función, entre otros, de los rendimientos que genere su cuenta.
Si la pensión de invalidez hubiese sido reconocida por una ARL, adicionalmente, puede solicitar el reconocimiento de la pensión de vejez a su administradora de pensiones, siempre y cuando cumpla con los requisitos, toda vez que estas dos prestaciones no son incompatibles.