Pago de seguridad social por días o semanas
Si trabajas por días, semanas o tienes ingresos variables, este cambio normativo te interesa. Ya en Colombia se permite que quienes laboran por menos de un mes o tienen ingresos inferiores al salario mínimo puedan realizar aportes proporcionales al sistema de seguridad social. Te explicamos las condiciones, los beneficios y los pasos que debes seguir.
¿Cuál es el marco normativo que lo habilita?
La Ley 2381 de 2024 de reforma pensional y la Ley 2466 de 2025 en materia laboral incorporan esquemas de cotización por días o semanas. Por ejemplo, la Circular 0093 del Ministerio de Trabajo de Colombia del 1 de septiembre de 2025 establece que los trabajadores con ingresos inferiores a un salario mínimo ($1.423.500 COP en 2025) pueden cotizar de forma proporcional según los días laborados.
Además, análisis señalan que los trabajadores que laboran por días ya podían cotizar cumpliendo ciertas condiciones (Decreto 1072/2015) y que ahora estos esquemas se amplían para una mayor cobertura.
¿Quiénes pueden acogerse y cómo funciona el aporte por días o semanas?
Trabajadores por días o semanas
- Si trabajas 1 a 7 días en el mes, puedes cotizar un cuarto del salario mínimo legal vigente.
- Si trabajas 8 a 14 días, dos cuartos del SMMLV.
- Si laboras 15 a 21 días, tres cuartos.
- Si superas los 22 días, cotizas como mes completo (1 SMMLV) para efectos de base.
Esto permite acumular semanas para pensión, salud y riesgos laborales, aunque no trabajes el mes completo.
Trabajadores con ingresos variables o por plataformas
Hace parte del mismo esquema de formalización. Si tus ingresos son inferiores al salario mínimo y trabajas con contratos por horas, días o por prestación de servicios, este mecanismo te brinda protección social.
¿Qué beneficios trae y qué debes tener en cuenta?
- Inclusión real: Personas con ingresos inestables o parciales pueden cotizar sin esperar un mes completo.
- Acumulación de semanas: Aunque trabajes pocos días al mes, puedes seguir sumando semanas para pensión.
- Protección social: Afiliación a salud, pensión y riesgos laborales de forma proporcionada.
- Formalización: Favorece que empleadores reporten correctamente a trabajadores que trabajan por días.
Pero también debes tener en cuenta:
- Debe existir vínculo laboral o contrato que permita la formalización por días/ semanas.
- El cálculo y reporte debe hacerse correctamente para que los aportes sean válidos.
- Aunque el aporte sea proporcional, el trabajador sigue cubierto por los sistemas de seguridad social.
¿Cómo hacer los aportes correctamente?
- Verifica tu salario base legal y los días o semanas trabajados.
- Solicita al empleador o contratante que te reporte con categoría de pagos proporcionales si aplicas.
- Asegúrate que esté usando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y que se esté liquidando correctamente. En 2025 ya hay normas que facilitan el recaudo unificado.
- Conserva tus soportes: contratos, recibos de pago, tiempo laborado.
- Si eres independiente o tiene ingresos variables, revisa que la base de cotización no sea inferior al mínimo legal establecido (40 % del salario mínimo para independientes, por ejemplo).
El esquema de cotización por días o semanas es una buena noticia para quienes trabajan con jornadas parciales, ingresos variables o en plataformas digitales. Con la reforma de 2025, es posible cotizar proporcionalmente y seguir acumulando protección social. Eso sí: la clave está en formalizar correctamente, hacer los pagos, conservar los soportes y estar al día. Como siempre, contar con asesoría profesional te puede hacer la diferencia.
Facebook | Instagram | YouTube
📚 Enlaces externos recomendados: