
Pago mensual de cesantías: ¿Qué cambia?
La reforma laboral de 2025 introdujo cambios sobre cómo se pueden liquidar y pagar las cesantías y sus intereses en Colombia. En esta entrada te explicamos qué implica la posibilidad de recibir estos pagos mes a mes, sus requisitos y cómo afecta tanto a empleados como empleadores.
¿Qué dice la reforma laboral?
La Ley 2466 de 2025 modificó el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo, permitiendo estas opciones:
- Pago anticipado mensual de cesantías: El parágrafo 1 establece que el empleador puede consignar cada mes el 8,33 % del salario base de liquidación al fondo de cesantías del trabajador, adelantando el acumulado anual de esta prestación
- Pago mensual de intereses: El parágrafo 2 permite que, con acuerdo por escrito, los intereses del 12 % anual se paguen como 1 % mensual sobre el salario base
Estos cambios se deben reglamentar, son opcionales y deben pactarse entre empleador y trabajador.
¿Cómo funcionará este modelo?
Para los trabajadores
- Puedes recibir una parte de tus cesantías y de sus intereses cada mes, mejorando tu liquidez
- El dinero sigue siendo reserva legal; no se puede usar libremente salvo en casos establecidos por la ley
Para los empleadores
Al distribuir pagos, se reduce la carga financiera anual acumulada de febrero, mejorando flujo de caja. Sin embargo, requiere mayor control administrativo, acuerdos escritos y ajustes contables
¿Cuáles son las ventajas y desventajas?
Beneficios
Liquidez mensual para el trabajador
Menor impacto financiero en enero-febrero para empleadores
Riesgos y desafíos
Uso de recursos si se retiran directamente
Carga operativa mensual elevada, exige control preciso
La opción de pagos mensuales de cesantías e intereses, introducida en la reforma laboral 2025, representa una forma flexible de gestionar esta importante prestación social. No es obligatoria, pero puede ser beneficiosa si se implementa correctamente y con respaldo contractual claro.
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