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Posted on / by Seguridad Social Colombia / in Hablemos de pensiones

REQUISITOS DE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ PARA MENORES DE 26 AÑOS

Por regla general, los requisitos exigibles al afiliado que solicita la pensión de invalidez son los enunciados a continuación y que se encuentran consagrados en el ordenamiento legal colombiano:

  • Tener una pérdida de capacidad laboral debidamente calificada igual o superior al 50%.
  • Haber cotizado 50 semanas durante los últimos tres (3) años a la fecha de estructuración de la invalidez o mínimo 25 semanas si el afiliado cotizó el 75% de semanas para acceder a Pensión de Vejez (975)
  • En caso de que la persona sea menor de 20 años, haber cotizado 26 semanas en el último año, a la fecha de estructuración de la invalidez.

No obstante, el último de los requisitos mencionados ha sido objeto de varios pronunciamientos por parte la Corte Constitucional, por cuanto se considera que existe una desigualdad al momento de aplicar la norma de las 26 semanas cotizadas únicamente a los menores 20 años, siendo que la población entre los 20 y 26 años también son personas jóvenes que en este rango de edad están iniciando su vida laboral, por lo que es justo que se les exija igual número de cotizaciones que a una persona mayor, pues esto genera una desprotección para los riesgos de invalidez, vejez o muerte que le sobrevengan por causas de origen común.

La reciente Sentencia de la Corte Constitucional T-113 de 2021, en la que se estudia el caso de un joven que a la edad de 25 años sufrió un accidente el cual le ocasiono una pérdida de capacidad laboral del 80.56%, su fondo de pensiones le negó el reconocimiento de la pensión de invalidez aduciendo que no cumplía con el requisito de las 50 semanas de cotización anteriores a la fecha de estructuración, no obstante, realizando un acucioso análisis al expediente pensional del joven, encontraron que cotizó 27.59  semanas, en el último año a la fecha de estructuración de su invalidez.

En este sentido teniendo en cuenta lo citado en Sentencia C-020 de 2015, el requisito de las 26 semanas se debe hacer extensible y aplicarse favorablemente a la población que tenga hasta 26 años inclusive, y no solo para los menores de 20 años, así que en el caso objeto de estudio, el actor cumplió con los requisitos de cotización de semanas (26 semanas en el último año a la fecha de estructuración de la invalidez) y con el porcentaje de la pérdida de capacidad laboral debidamente calificada, por lo que la Corte ordeno al Fondo de Pensiones a reconocerle al joven la pensión de invalidez a la que tenía derecho.

En este orden de ideas, de acuerdo a los supuestos jurisprudenciales la población joven deberá acreditar los requisitos para acceder a la pensión de invalidez:

  • Tener 26 años o menos al momento de la pérdida de capacidad laboral; 
  • Tener una pérdida de capacidad laboral del 50 % o más.
  • Haber cotizado 26 semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria.

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